Si eres gamer… ¡atento con la venta de objetos de un juego!

Si eres gamer… ¡atento con la venta de objetos de un juego!

Atención con la venta de objetos de un juego… es una ganancia patrimonial en el Impuesto sobre la renta del vendedor

Hay que tener en cuenta que un elemento patrimonial es toda aquella cosa, material o inmaterial, que forma parte del patrimonio del contribuyente.

Cuando se produzca la venta de uno de estos elementos patrimoniales, sea el que sea, se estará realizando un hecho imponible del IRPF que deberá tributar, siempre y cuando no se realice como actividad económica, como ganancia o pérdida patrimonial para el vendedor.

Especialmente relevante, por su carácter revelador sobre cómo han de considerarse los elementos que posee un contribuyente que forman parte de un juego, en este caso físico, es la Consulta Vinculante (V0011-22), de 4 de enero de 2022, de la Dirección General de Tributos en donde se analiza cómo tributa la venta de un objeto físico, una carta que forma parte de la colección de un juego de mesa, a efectos del IRPF. Llega la consulta a la siguiente conclusión:

«En la medida en que las cartas del juego (…) que va a vender el consultante constituyen elementos de su patrimonio personal —no proviniendo del desarrollo de ninguna actividad económica—, su venta dará lugar a ganancias o pérdidas patrimoniales por diferencia entre los valores de adquisición y de transmisión —de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley del Impuesto—, valores que vienen definidos en los artículos 35 y siguientes».

Qué sucede con los objetos integrados en videojuegos… ¿son elementos patrimoniales?

La realidad es que estos objetos operan, por ahora, a través de la propia economía del juego, es decir, se compran y venden a través de monedas virtuales creadas y reguladas dentro del propio juego. El valor del objeto como elemento patrimonial es cero ya que no se ha invertido capital alguno en su adquisición y su venta no producirá rédito alguno para el contribuyente en el mundo real.

Ahora bien, si estos objetos en lugar de por la divisa del juego se vendiesen a través de acuerdos externos al juego, donde se acuerda la venta del objeto a través de una contraprestación en divisa estaríamos hablando de la venta de un elemento patrimonial como si de un coche o una casa se tratase y que deberán valorarse conforme a las normas propias de las ganancias patrimoniales.

Igualmente, en caso de que la venta de estos objetos se incluya dentro de la venta de la propia cuenta del videojuego, se deberá estar a la aplicación de idéntica normativa respecto a su calificación como ganancia patrimonial y la valoración que de esta debe darse.

No dejes que un juego se convierta en objeto de problemas. Antes de cualquier transacción, ¡consúltanos! Te explicaremos claramente si supone o no un riesgo y si debes, o no, declararlo en tu declaración de renta.

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